Opinión

Esto se llama Conflicto de Intereses… o ¿cómo entonces?

Por: Toño Sánchez Jr.

“El surgimiento de una nueva clase de hombres de negocios en África, que rechazan o no están dispuestos a tomar parte en el viejo sistema del amiguismo, nepotismo y autobeneficio, y demandan apertura, competencia justa y negocios limpios, constituye una oportunidad sin precedentes”. *

E. Gyimah-Boadi**

Un funcionario público puede estar precedido de una impecable Hoja de Vida y de actuaciones correctas en su vida particular, pero su integridad es puesta a prueba cuando se enfrenta a serios conflictos de intereses, en especial, donde su patrimonio se podría ver afectado. Para decirlo en términos callejeros, cuando hay billete de por medio o te quieren meter la mano en el bolsillo.

Es por eso que se hace urgente que en Colombia todo servidor público diga de qué es dueño, dónde es socio y en dónde tienen intereses sus parientes.

Todo se inicia con un tuit que subo a mi cuenta de Twitter: @Tonsanjr y que dice:

 “Increíble!! El Procurador de Córdoba, Nicolás Barguil, va a suspender a la Alcaldesa de Lorica, porque esta no pide modificar al Consejo el POT para que convierta en URBANO, UN LOTE del Procurador que está como RESERVA de la Ciénaga Grande!!! Y @PGN_COL @fcarrilloflorez Avalando?”.

(Aquí por un ‘error de dedo’ se me fue concejo con ‘s’. Pero el yerro es toditico mío y ni me indigestó. Ofrezco disculpas).

El Procurador Nicolás Barguil me responde:

“Antonio buenos días. La información que acabas de difundir sobre una supuesta suspensión de la Alcaldesa de Lorica por no cambiar POT para mi particular beneficio es falsa. En primer lugar no tengo ninguna investigación contra la Alcaldesa para suspenderla. En segundo lugar no he pedido ningún cambio de POT sobre terrenos de mi propiedad. Y usted NO ME CONSULTÓ a mi (sic) sobre el tema para corroborar la veracidad de esa afirmación”.

Bueno, antes de narrar lo hechos quiero decirle al Procurador Barguil que cuando está cayendo un cipote de aguacero yo no tendría porque llamar al Ideam para corroborarlo. Pero intentemos hacerlo ahora.

La alcaldesa de Lorica Nancy Sofía Jattin presenta ante la Procuraduría General de la Nación una seria acusación contra el Procurador Nicolás Barguil. Que fue radicada en la Procuraduría en Bogotá con el Número: E-2019-364578. Fecha 21/06/2019. Hora: 12:36:18. Se entregaron 11 folios y 12 anexos.

Ya que no estamos entre los ligeros terrenos del ‘se dice’, ‘se rumora’, ‘me contaron’, ‘al parecer’. Quiero transcribir TEXTUALMENTE apartes de esta seria y dura acusación dirigida al Procurador Fernando Carrillo Flórez.

“Referencia: Solicitud de Restauración de Derechos Fundamentales y Garantías Procesales en Actuación Radicada Bajo No. UIS-E-2017-898599 adelantada contra la Señora Alcaldesa del Municipio de Lorica Córdoba. Doctora Nancy Sofía Jattin Martínez”.

“(…)”. 

“Por ello quiero advertirlo de que ha sido inducido a error por su Procurador Regional en Cordoba (sic), Doctor Nicolás Barguil quien requirió de usted privara de la Competencia Funcional que tenía mi Juez Disciplinaria Natural, la Señora Procuradora Provincial de Montería, sin informarlo debida y lealmente del trasfondo de su interés en abrogarse el control y direccionamiento de la Investigación seguida en mi contra por las aparentes ilegalidades en el proceso radicado Expediente IUS-E-2018-484102/IUC-D-2018-119036 que tuvo auto de archivo el 30 de abril de 2019 pero que se convirtió en un precedente para los procesos en mi contra”. 

“No me opongo, en lo absoluto, a que se me Investigue, maxime (sic) cuando he hecho un ejercicio prístino del cargo como Alcaldesa de mi Municipio, no obstante, la pesquisa iniciada por el Señor Procurador Regional de Cordoba (sic), ES ORIGINADA, MOTIVADA EN UN ACTO VINDICATORIO Y REVANCHISTA PRODUCTO DE QUE MI DESPACHO NEGÓ SU PRETENSIÓN DE UNA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN NO OBSTANTE SU INDEBIDA PRESIÓN (Estas mayúsculas son mías no del texto original), que explicaré en su momento pero que puedo anticipar, para lograr su cometido, cuál era la expedición de Licencia de Construcción en un predio de su propiedad cuando ese Predio esta cobijado desde el año 2007 como “DISTRITO REGIONAL DE MANEJO INTEGRAL como lo es el Complejo Cenagoso del Bajo Sinú”.

“Ante la negativa a expedir dicha licencia tajantemente, ha buscado la forma de abrogarse competencia funcional para privar de ella a mi Juez Natural, lo que logra sin que entere al Señor Procurador General de la Nación, ni sus verdaderas Intenciones ni lo que existe en el trasfondo de este asunto, que basta por si solo para que mínimamente se declare IMPEDIDO, por tener asuntos en tramite (sic) en mi Alcaldía y debates pendientes respecto de su ilegal solicitud de Construcción”.

“Quiero Señor Procurador, como sustento de ésta información, entregarle copias de las solicitudes hechas por su Procurador Regional de Cordoba (sic), los Actos con los que se ha negado su irregular pretensión, para que de primera mano conozca usted, la abusiva forma en que se ha hecho a la Competencia para conocer de Investigación en mi contra, privándome del Juez Natural en este caso cual es la Procuradora Provincial,  y se abrogó competencias mediante artificiosos argumentos, privándolo a usted de información vital, que de haberla conocido, sin duda alguna no hubiera desplazado a mi Juez Natural”.

“Adicionalmente, la oposición de la Administración que dirijo a la construcción de una vía variante corredor oriental alternativo propuesta por la Concesión vial Antioquia –Córdoba y cuya licencia ambiental fue negada por la Corporación Autónoma de los Valles del Sinú y San Jorge-CVS-, por la ANLA a instancias de la Alcaldía de Santa Cruz de Lorica y es contraria a nuestro POT ha significado una enemistad manifiesta del Sr. Procurador Regional- Dr. Nicolás Barguil, en mi contra y en contra de los funcionarios debido a que dicha vía atravesaría el predio de su propiedad en el cual quiere construir”.

Hasta aquí este aparte de la denuncia.

Pero sigue otra acusación, pero ésta ante el Procurador Delegado Para Asuntos Ambientales de la Procuraduría General de la Nación. Con el Número de Radicado E-2019-396748. Fecha: 08/07/2019. Hora: 12:43:17. Folios: 2. Anexos: 48.

La sola ‘Referencia’ de ésta otra asusta.

“Referencia: Entrega de una Información RECUSACIÓN POR IMPEDIMENTO Fundamentada en Conducta Presuntamente Ilícitas del Señor Procurador Regional de Córdoba, Señor NICOLAS BARGUIL FLOREZ que involucra temas Ambientales de Altísima sensibilidad sobre los que conoce la Corporación Autónoma de los Valles del Sinú y del San Jorge y que se ocupa del Complejo Cenagoso del Bajo Sinú”.

En esta otra acusación se entregan todas las pruebas en donde se pretende demostrar el interés que tiene el Procurador Barguil.

Y todo este tema ha sacado a luz todo el turbio manejo de la Agencia Nacional de Infraestructura, ANI, con la famosa variante que debe pasar por Lorica. Después de haberse acordado por dónde debía ser el trayecto, los de la ANI, como cualquier tramposo tahúr de feria callejera, se presentó con otro diseño que beneficiaba a propietarios de terrenos, entre los que está el del Procurador. Esto puede ser una feliz coincidencia.  

Pero dejemos que sea el mismo texto el que hable, para que no me acusen de falsedad y de no corroborar nada.

Este texto puede consultarlo completo al final de esta columna.

“(…)”. 

“Posteriormente, pese a todos los pronunciamientos de ANLA, CVS y municipio, la ANI expide el auto 2697 de 10 de julio de 2015, por medio del cual se eligió como medio de construcción para la variante lorica, “la alternativa nro. 3 u oriental optimizada”” [Esta es la que presentan los tramposos de la ANI].

“Dicho acto administrativo adolece de nulidad pues, fue motivado falsamente por dos situaciones a) al decir que la CVS sí está de acuerdo con la construcción de la vía por el lado oriental afectando el complejo cenagoso y b) al manifestar que el Municipio de Lorica está igualmente de acuerdo con la afectación del humedal”.

“El Municipio de Santa Cruz de Lorica no estuvo de acuerdo con la construcción de la alternativa variante por el corredor oriental optimizada por estar expresamente prohibido en el PBOT; no obstante, en el citado plan figura la planificación de un anillo vial trazado por la zona occidental, ello manifestado en una respuesta a una petición elevada por el accionante ante el Ente Territorial”.

“En comunicación de 5 de marzo de 2019 a Presidencia de La República, Fiscal General, Procurador General, ANI, ANLA entre otros, la alcaldesa del municipio de Santa Cruz de Lorica planteó su oposición a la variante alternativa oriental ya que va en contravía del POT adoptado el 14 de diciembre de 2001, afecta el Complejo cenagoso Ciénaga del Bajo Sinú- Distrito de Manejo Integrado Ambiental- y la CVS negó la sustracción del área del DMI propuesta por el contratista”.

“El Consejo de Estado en Auto de 4 de mayo de 2018 Rad. 2017-00008 confirma una medida cautelar dictada por el Tribunal de Córdoba y suspende la construcción de la variante por el corredor oriental que afecta el DMI Complejo Cenagoso de la Ciénaga Grande del Bajo Sinú”. 

“2-El Sr. Nicolás Barguil Flores (sic)- Procurador Regional de Córdoba- ha solicitado a la alcaldía de Santa Cruz de Lorica licencia de construcción para construir en un predio ubicado en el DMI y aledaño a la vía corredor variante alternativa oriental optimizada propuesto por la ANI y el contratista del Corredor Vial Antioquia-Córdoba. Alternativa a la que se ha opuesto la alcaldía, la CVS y la ANLA”.

“3-La Alcaldía de Santa Cruz de Lorica negó dicha licencia de construcción puesto que el predio de propiedad del Sr. Procurador Regional Nicolás Barguil se encuentra ubicado dentro del Complejo Cenagoso de la Ciénaga Grande del Bajo Sinú. (Anexo negación de la licencia y consulta ante CVS)”.

“4-La Variante Corredor Oriental Optimizado atravesaría el Complejo Cenagoso de la Ciénaga Grande del Bajo Sinú declarado Distrito Regional de Manejo Integrado, mediante Acuerdo de Consejo Directivo No. 76 de octubre 25 de 2007 por la Corporación Autónoma de los Valles del Sinú y San Jorge,  con una extensión de 79.100 hectáreas localizado en jurisdicción de 7 municipios: San Pelayo, Ciénaga, Chimá, Purísima, Momil, Cotorra y Santa Cruz de Lorica. Es el humedal más grande en la cuenca del río Sinú con diversos ecosistemas y una biodiversidad única en la costa caribe colombiana”.

Hasta aquí este otro aparte de esta seria sindicación, soportada con pruebas.

Capítulo aparte merecería la solicitud que hace la alcaldesa de Lorica para que se revisen los soportes de la Hoja de Vida del Procurador, ya que para ella, no cumple con los requisitos de ley para desempeñar el cargo.

El Procurador Barguil fue Recusado, pero él mismo resolvió que esa recusación era “infundada”, razón por la cual se fue a ser dirimida en Bogotá. Lo lógico era que con todas esas pruebas se hubiese declarado impedido. Lo cierto es que un Procurador que investiga y puede sancionar alcaldes no puede estar pidiendo licencias de construcción en donde él sabe que son áreas protegidas.

Esto me hace recordar al ex Zar Antidrogras de los EE.UU. Barry McCaffrey cuando dijeron que podía tener todos vicios, menos el de consumir drogas. Igual con el Procurador puede tener todos los intereses que quiera, menos el de estar pidiendo licencias en zonas restringidas y en municipios a quien su Entidad como tal investiga, así él no sea el competente. 

A mí esto sí me consta, me lo contó en un reciente pasado una fuente que prefiero mantener en el anonimato. Puede uno concluir que aquí ha habido procuradores al estilo de como dicen en Repelón y Baranoa, en el Atlántico: “Esos son manes sin agüero”. Y ni escribir otra vez de como extorsionan a servidores públicos con las investigaciones. A muchos de los investigados hasta los hacen retirar a sus abogados defensores para que contrate al que le sugiere el que lo está investigando y va a fallar. Igual pasa en las Contralorías con los tales “Hallazgos”. Esta es la palabreja más extorsiva de Córdoba. 

Esto no es nada personal contra el Procurador Barguil. Es una acusación en la Procuraduría, que no es sinónimo de condena por supuesto, pero que sí es un hecho que debe ser público y de conocimiento público. El hace parte de lo que llaman el ‘Ministerio Público’ y que vigilan la moralidad pública.  

Y como repite Ray Berrocal, versado profesional y estudioso del fenómeno de la corrupción: “La honestidad de ningún colombiano ha sido puesta a prueba. Y remacha con eso de que ‘la mujer del César no solo debe serlo, sino aparentarlo’”.

Por otra parte, es un hecho notorio en todo Lorica la íntima cercanía del Procurador Barguil y el exconvicto Jorge Manzur, éste último ha hecho público su odio y desprecio por la alcaldesa de Lorica. Y no hay duda que entre entrañables amigos el odio se transmite por extensión y hasta por ‘solidaridad de cuerpo’. Y no es mentira que en derecho se puede recusar por odio ‘puyudo’ y amistad ‘puyuda’.

Termino con este texto.

“Un conflicto de intereses surge cuando una persona, como funcionario público o empleado del sector público, es influenciada por consideraciones personales al realizar su trabajo. Así, las decisiones son tomadas con base en razones equivocadas”.

“(…) sin embargo, el problema del conflicto de intereses se da, en la práctica, por fuera de la norma. Está íntimamente relacionado con el sistema político clientelista que funciona en el país, con la dinámica política regional y con la discrecionalidad de quien evalúa los procesos”.

Tomado del Ensayo ‘Conflicto de intereses’: http://cdim.esap.edu.co/BancoMedios/Documentos%20PDF/transparencia_por_colombia_capitulo_20.pdf

* Cita con que inicia el Ensayo ‘Conflicto de intereses’.

** Profesor Centre For Democracy and Development, Accra, Universidad de Ghana. 9ª Conferencia Internacional Anticorrupción, Durban, Sudáfrica, 10-15 de octubre de 1999 (Texto en www.transparency.org/IACC).

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