Corte Suprema avala testimonio de mujer subyugada y ratifica condena a un agresor
Las denuncias de mujeres que no declaren contra los compañeros sentimentales, debido a su subyugación al dominio patriarcal de violencia sexual, física, psicológica o económica, pueden ser usadas como pruebas de referencia en juicio oral
Dos años de maltrato, violencia y agresión sexual soportó una mujer, antes de denunciar a su pareja. La Sala Penal condenó a compañero agresor a más de 17 años de prisión por delitos de violencia intrafamiliar y acceso carnal violento agravado.
Señala la Corte que, la Fiscalía tiene la obligación de verificar que círculos de violencia intrafamiliar puedan impedir que víctimas decidan con libertad sobre su intervención en los procesos judiciales.
Para el caso que sienta jurisprudencia, se trató de un sistemático maltrato físico y sicológico que el acusado llevó a cabo en reiterados actos ejecutados en diversos eventos sobre la mujer y sus hijastros durante dos años de convivencia, afectando la unidad y armonía familiar.
“La relación afectiva y convivencia que la víctima mantenía con el agresor no sustentan consentimiento de relaciones sexuales, como pareciera ser la comprensión que de ese aspecto asumía procesado. Al contrario, configuran una agravación punitiva”, explicó la sentencia.
Con tres hijos menores concebidos en su primera unión de pareja, la mujer convivió por dos años con su nuevo compañero sentimental. Tras una discusión recurrente en la conflictiva vida conyugal que sostenían ella decidió separarse e irse de la casa con sus hijos.
Ante esa situación, el hombre le pidió que tuvieran una relación por última vez. Ella se negó y el acusado la golpeó y contra su voluntad la accedió carnalmente. La mujer lo denunció. El hombre fue capturado y acusado por los delitos de acceso carnal violento y violencia intrafamiliar.
En el juicio la mujer se acogió al artículo 33 de la constitución nacional para no actuar como testigo contra su compañero sentimental. Así evitó declarar en audiencia lo que había denunciado ante la Fiscalía y el sujeto fue condenado.
El proceso llegó a la Corte Suprema para el estudio de valor de la denuncia de la testigo-víctima no obligada a declarar contra sus familiares, en contextos de sometimiento, maltrato y violencia exacerbada contra la mujer.
La sala de casación penal determinó que, en estas circunstancias, los efectos jurídicos dependen de la total libertad conque la mujer use el derecho de no declarar.
“Si se establece que la víctima no lo ejerce con plena voluntad de hacerlo, sino debido a la presión del fenómeno de sujeción y sometimiento a la violencia, sexual, física, psicológica, o económica, sus declaraciones anteriores, incluida la denuncia pueden ser incorporadas en el juicio oral como pruebas de referencia”, precisa la decisión de la Corte.
Con base en ello dejó en firme la condena en prisión del agresor.