Política

¿En qué momento deben renunciar diputados y concejales si quieren aspirar a ser congresistas en Colombia?

En departamentos como Córdoba, donde hay posibilidad que un diputado en ejercicio aspire al Congreso de la República, asalta la duda jurídica de en qué momento debe renunciar a la curul para no inhabilitarse.

El tema lo resolvió la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado que mediante concepto precisa que, “la inhabilidad para ser congresista de quienes ejercieron funciones públicas, autoridad civil o política durante los 12 meses previos a su elección no cobija a concejales y diputados”.

Estos servidores deben renunciar a sus curules y ser aceptada antes de su inscripción como candidatos a la Cámara o al Senado, para no incurrir en inhabilidades.

“A los concejales y diputados no los cobija la inhabilidad prevista para quienes fueron empleados públicos o ejercieron jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar en el año previo a su elección”, precisa el concepto.

Para el caso de alcaldes y gobernadores, la Sección Quinta del Consejo de Estado estableció que no piden aspirar a un cargo de elección popular mientras el periodo coincida con aquel para el que fueron elegidos.

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